El proyecto de ley que enaltece la vida y obra de Esthercita Forero culminó su trámite en el Congreso y ahora pasará a sanción del presidente Iván Duque. Es la segunda iniciativa legislativa autoría del Senador Arturo Char y el Representante Cesar Lorduy que llega hasta esta instancia.

En honor a la vida y obra artística de Esthercita Forero, el Senado de la República aprobó en último debate el proyecto de ley que rinde homenaje a su legado y establece el 10 de diciembre como Día Nacional de ‘La Novia Eterna de Barranquilla’. La iniciativa de autoría del Senador Arturo Char, el Representante Cesar Lorduy, la Bancada Caribe y el partido Cambio Radical pasa a sanción presidencial.

“Esthercita Forero es un ícono cultural barranquillero, una mujer de una riqueza artística invaluable, cantante, compositora, folclorista, escritora, que impulsó, defendió y trabajó en pro del talento femenino y del caribe, razones por las que se convirtió en un ícono cultural de la Región. Más que un proyecto, este es un homenaje a su labor cultural, a la preservación de su obra, su legado y a su historia de vida como referente para muchos. Clave que apoyemos el talento de nuevas generaciones de artistas en el Atlántico y Barranquilla y, en esta oportunidad, sea para rendirle un tributo a Esthercita”, comentó el congresista barranquillero Cesar Lorduy.

Aquí el texto del articulado que fue aprobado por el Senado de la República:

Artículo 1 º. Honores. La República de Colombia exalta la memoria de Esthercita Forero – “La Novia Eterna de Barranquilla” cantante, compositora, publicista, pionera de la radio colombiana, exponente y embajadora de la tradición cultural del Caribe colombiano.

Artículo 2º. Legado de Esthercita Forero. Autorícese al Gobierno Nacional para que, a través del Ministerio de Cultura, rinda honores a la vida, obra y memoria de Esthercita Forero “La Novia Eterna de Barranquilla” y se establezca un programa de conservación, mejora y mantenimiento de bienes de interés cultural con valor simbólico del legado de Esthercita Forero.

Parágrafo. Los objetos que hicieron parte de la vida artística de Esther Forero serán exhibidos en el Museo del Caribe. A su vez, su obra inmaterial deberá ser protegida como patrimonio cultural de la nación bajo los parámetros establecidos en la Ley 1185 de 2008 y el Decreto 763 de 2009.

Artículo 3°. Día Nacional Esthercita Forero. Establézcase en Colombia el 10 de diciembre de cada año como el día Nacional de Esthercita Forero “La Novia Eterna de Barranquilla”.

Artículo 4o. Becas Esthercita Forero. Autorícese al Gobierno Nacional para crear diez becas de educación artística superior en honor a la exaltada, las cuales estarán reguladas por el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX- y se otorgarán por mérito artístico y académico a mujeres bachilleres distribuidas de la siguiente manera: cuatro cupos para bachilleres del Departamento del Atlántico, tres para bachilleres del Distrito de Barranquilla y tres distribuidos para bachilleres destacados de los demás departamentos que conforman la Región Caribe.

Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

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