Columna de opinión en el periódico El Heraldo escrita por Cesar Lorduy. Fecha de publicación: 6 de febrero de 2016.

En noviembre, el mintransporte expidió la Resolución 5358, de 193 páginas, con la base gravable de los vehículos automotores (todos) para pagar el impuesto de la vigencia 2016. Sus consideraciones y motivos legales son idénticas a las resoluciones de años anteriores, solo que a la actual le incorporan las recomendaciones que hizo una consultoría, que el Ministerio contrató y aceptó, de aplicar unos nuevos valores.

Varias son las razones del vicemintransporte para justificar los avalúos de hoy: incorporación de 5.300 nuevas referencias; nuevas variables –de 4 pasan a 14– como marca, aire acondicionado, rines, cilindraje del motor, etc.; precios ajustados; nueva base gravable que corresponde a las características técnicas del vehículo y no a agrupaciones de varias marcas y modelos bajo un mismo valor. Y ha dicho que el Ministerio no crea impuestos.

La Federación Nacional de Departamentos, Asopartes, Corpovehículos y Andemos, así como gran parte de los propietarios o poseedores de más de 11.291.152 vehículos que hay en el país, de los cuales 283.380 entraron al mercado en 2015, han rechazado el drástico cambio de la metodología contratada con Datasoft Ingeniería, firma cuestionada ante la Procuraduría y la Fiscalía General por la Asociación Colombiana de Usuarios de Vehículos Particulares por fallas en el estudio y la forma como le adjudicaron el contrato.

Si bien la ley faculta al Ministerio a determinar el valor del vehículo (base gravable), para efectos de la liquidación y pago del impuesto, también es cierto que no le fija una metodología, razón por la cual podía utilizar la que venía aplicando –resolviendo los vacíos o inconvenientes que existían– o acudir a metodologías análogas probadas que determinan el valor comercial real de un vehículo en el mercado.

Por ejemplo, está la que aplica Fasecolda, en la Guía de Valores, para pagar un vehículo en caso de pérdida parcial o total por accidente o robo. Esta contiene el valor comercial promedio de más de 10 mil referencias de vehículos nuevos y usados. O los precios de referencia de publicaciones especializadas, de gran credibilidad como guía para la venta y compra de autos en especial los usados, que tienen en cuenta un elemento importante: los kilómetros recorridos.

Otra solución que se ha esquivado es calcular el pago de ese impuesto por la vía del mayor o menor consumo de combustible, que, obviamente, está en relación con el tipo de vehículo y su rodamiento por las vías.

Lo cierto de todo es que hoy tenemos una Resolución –objeto de varias acciones populares que buscan tumbarla– con nuevas tablas “chimbas y chambonas”, según José Clopatofsky, que imponen una base gravable para el pago del impuesto bajo el principio de reevaluar los vehículos en la medida en que se usan, lo que arroja el absurdo de un nuevo y mayor precio para un vehículo, y en consecuencia un mayor impuesto que si bien no es nuevo sí se incrementa de manera  desproporcionada.

Link a columna de opinión: https://www.elheraldo.co/columnas-de-opinion/vehiculos-sobrevalorados-242264

Autor

Sígueme en las redes sociales.